Miercoles, 24 de Abril 2024.

Informaci髇 General - Ley de Inclusi髇 Financiera


Estimado Cliente

LEY DE INCLUSI脫N FINANCIERA

Resumen esquem谩tico

 

 

La Ley 19210 (Ley de Inclusi贸n Financiera) ha introducido algunos cambios en las transacciones econ贸micos. Pasamos a detallar en forma esquem谩tica aquellos con los que nos encontraremos con mayor frecuencia, para su m谩s f谩cil visualizaci贸n. Obs茅rvese que la mayor parte de las disposiciones todav铆a no est谩n en vigor, pero de todos modos es conveniente preparase para cuando cobren fuerza obligatoria.

 

 

TRABAJADORES DEPENDIENTES

 

Operaci贸n - Pago de remuneraciones de trabajadores en relaci贸n de dependencia.

 

Cronograma de incorporaci贸n - A partir del 1掳 de noviembre del 2014 (prorrogable) se va a establecer que c贸mo se ir谩n incorporando las empresas al pago de haberes a trav茅s de Instituciones Bancarias. No ha sido reglamentado a煤n por lo que no sabemos c贸mo va a operar la incorporaci贸n, y seguramente se prorrogar谩 el comienzo m谩s all谩 del 1掳 de noviembre.

 

Acuerdos - Si existiera acuerdo entre el empleador y los empleados por el cual se pague con otro medio que no sea pago electr贸nico o acreditaci贸n en banco, este se puede mantener hasta el 18 de mayo de 2016 (prorrogable por el PoderEjecutivo hasta un a帽o m谩s). Este acuerdo debe ser escrito.

 

Comprobante de haber efectuado el pago - Sigue siendo el recibo de sueldo.

 

Medios de pago - Acreditaci贸n en cuentas de instituci贸n financiera o dinero electr贸nico

 

Elecci贸n - El trabajador elige la instituci贸n en donde quiere que sea depositado su sueldo. En caso contrario, llegada la fecha de incorporaci贸n el empleador elige el banco. Si a la fecha ya exist铆a acuerdo con una instituci贸n financiera (o sea si el empleador ya le pagaba con dep贸sito bancario al empleado, se mantiene en vigencia hasta que el acuerdo se extinga, con un plazo m谩ximo de un a帽o luego que comience a ser obligatorio el pago de acuerdo con el nuevo r茅gimen, seg煤n lo disponga el cronograma de incorporaci贸n).

 

 

HONORARIOS PROFESIONALES

 

Operaci贸n - Pago de honorarios profesionales.

 

Cronograma de incorporaci贸n - A definir, pero no m谩s all谩 del 18 de mayo de 2016,prorrogable por el Poder Ejecutivo por hasta un a帽o m谩s.

 

Medios de pago - Acreditaci贸n en cuenta bancaria o dinero electr贸nico.

 

Elecci贸n - El profesional indicar谩 el medio de pago.

 

 

SERVICIOS PERSONALES QUE NO SON PROFESIONALES

 

Idem a Profesionales Universitarios, con la diferencia que el cronograma de incorporaci贸n no est谩 establecido en la Ley, de modo que lo definir谩 el Poder ejecutivo por Decreto.

 

 

PASIVIDADES

 

Operaci贸n 聳 Pagos de pasividades, pensiones y retiros.

 

Cronograma de incorporaci贸n - Para las pasividades ya existentes, no hay un cronograma. Pueden seguir cobrando como lo est谩n haciendo hasta ahora, pero si eligen hacerlo a trav茅s de una Instituci贸n Financiera, no se puede volver a cobrar en la forma anterior.

Para las nuevas jubilaciones deber谩n proporcionar una Instituci贸n Financiera por la cual deseen que se le acredite su jubilaci贸n

 

Medios de pago - Acreditaciones en cuentas de Instituci贸n Financiera o dinero electr贸nico

 

Elecci贸n - Es el pasivo el que decide con que Instituci贸n Financiera desea operar.

 

 

ARRENDAMIENTOS

 

Se aplica a los casos que superen las 40 Bases de Prestaciones y Contribuciones anuales, o sea, $ 9.397.- mensuales para el a帽o 2014.

 

Operaci贸n 聳 Pago de arrendamientos.

 

Cronograma de incorporaci贸n - A partir del 1掳 de julio de 2015, prorrogable por el Poder Ejecutivo hasta el 1掳 de diciembre de 2016.

 

Medios de pago - Acreditaci贸n en cuenta a nombre del arrendador, subarrendador u otorgante del cr茅dito de uso o inmobiliaria.

 

Medio de prueba 聳 Documento de dep贸sito o informaci贸n brindada por la Instituci贸n Financiera.

Para los contratos en curso al 19 de mayo de 2014 el arrendador tiene comunicar fehacientemente al arrendatario, indicando la identificaci贸n de la cuenta en la cual quiere que se le deposite el arrendamiento.

En caso de nuevos contratos, en el mismo contrato se deber谩 poner la cuenta a la cual el arrendador quiere que se le transfiera el importe del arrendamiento.

 

Sanciones - 聽聽聽 De no hacerse, la CGN no conceder谩 garant铆a de alquileres.

聽聽 聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 No se admitir谩 deducir a efectos del IRAE el alquiler pagado.

聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 聽聽聽聽 No se admitir谩 deducir a efectos del IRPF el alquiler pagado.

聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 聽聽聽聽聽聽 No se podr谩 realizar ninguna acci贸n judicial contra el arrendatario.

聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 Se deber谩 pagar a la DGI una multa equivalente a 3 alquileres.

 

 

ENAJENACION DE INMUEBLES

 

Lo que sigue rige para las enajenaciones por un monto mayor a UI 40.000 ($117.496.- al 31 de octubre de 2014).

 

Operaci贸n 聳 Pago de precio por toda transmisi贸n de derechos sobre bienes inmuebles.

 

Cronograma de incorporaci贸n - A partir del 1掳 de junio de 2015 prorrogable por el Poder Ejecutivo hasta un a帽o m谩s.

 

Medios de pago - Electr贸nicos, cheques certificados cruzados no a lo orden, letras de cambio emitidas por la Instituci贸n financiera a nombre del comprador

 

Sanciones - 聽聽聽 Los escribanos no podr谩n autorizar la escritura, y si lo hicieren la operaci贸n es nula.

Multa del 25 % del monto abonado, multa de la cual es solidaria tanto la parte compradora como la vendedora

No se podr谩 deducir a los efectos del IRAE o IRPF el valor de compra del inmueble en el momento de la venta del mismo.

 

 

ADQUISICION DE VEHICULOS

 

Lo que sigue rige para las adquisiciones de veh铆culo que superen las UI 40.000 ($117.

496.- al 31 de octubre de 2014).

 

Cronograma de incorporaci贸n - A partir del 1 de junio de 2015 prorrogable hasta un a帽o por el Poder Ejecutivo.

 

Medios de pago - Electr贸nicos, cheques certificados cruzados no a la orden, cheques diferidos cruzados no a la orden, letras de cambio emitidas a nombre del comprador.

 

Sanciones - 聽聽聽 En la compraventa se deber谩 individualizar el medio de pago, si no se hace la operaci贸n es nula.

Multa del 25 % del monto abonado, responsabilidad solidaria de comprador y vendedor.

 

 

 

PAGOS A PROVEEDORES DEL ESTADO

 

Operaci贸n 聳 Pago de bienes o servicios de cualquier naturaleza, salvo que se trate de una compra contado, y que su monto sea inferior al 15% del tope establecido para compras directas en el TOCAF($ 48.150.- por el a帽o 2014).

 

Cronograma de incorporaci贸n - A partir del 1掳de diciembre de 2014

 

Medios de pago - Acreditaci贸n en cuenta bancaria

 

 

PAGO DE TRIBUTOS NACIONALES

 

Est谩n alcanzados por la norma los pagos superiores a UI 10.000 ($29.374.- al 31 de octubre de 2014).

 

Operaci贸n 聳 Pago de tributos nacionales.

Cronograma de incorporaci贸n - A partir del 1 de junio de 2015, prorrogable hasta un a帽o por el Poder Ejecutivo.

 

Medios de pago - Electr贸nicos, certificados de cr茅dito de la DGI y cheques diferidos cruzados no a la orden. Tambi茅n la reglamentaci贸n admitir铆a cheques cruzados no a la orden.

 

 

OTROS PAGOS REGULADOS

 

Operaci贸n 聳 Pagos mayores a UI 40.000 ($117.496.- al 31 de octubre de 2014) por pagos por enajenaci贸n de bienes o prestaci贸n de servicios en los que una de las partes sea una persona jur铆dica, empresa unipersonal o persona f铆sica que act煤e en calidad de socio de una sociedad.

 

Cronograma de incorporaci贸n - A partir del 1掳 de junio de 2015, prorrogable hasta un a帽o por el Poder Ejecutivo.

 

Medios de pago - Cualquiera salvo efectivo.

 

Sanciones - Multa del 25% sobre el monto abonado.

 

 

 

Operaci贸n 聳 Pagos superiores a UI 160.000. ($ 469.984.- al 31 de octubre de 2014).

 

Comprende a cualquier persona f铆sica o jur铆dica, salvo que una de las partes sea una Instituci贸n Financiera.

 

Cronograma de incorporaci贸n - A partir del 1掳 de junio de 2015 o hasta un a帽o m谩s si lo prorroga el PoderEjecutivo.

Medios de pago - Electr贸nicos y cheques diferidos cruzados no a la orden. Cheques comunes cruzados no a la orden, en las condiciones que lo establezca la reglamentaci贸n.

 

Sanciones - Multa 25 % sobre el monto abonado

 

 

REDUCCION DEL IVA

 

Ya se esta aplicando y opera de la siguiente manera:

 

Un 2 % para tarjetas de cr茅dito

Un 4 % para tarjetas de d茅bito

 

Aplica operaciones cuyo valor de la compra no supere las UI 4.000 ($ 11.750.- al 31 de octubre de 2014).

Exclusivamente para operaciones de consumo final.

 

Para las empresas que no tributan IVA por su reducida dimensi贸n econ贸mica, si tienen POS, se le hace el descuento al comprador pero a la empresa se le paga el precio total. El monto descontado lo computa el emisor de la tarjeta como cr茅dito fiscal.

 

El r茅gimen es transitorio y las tasas var铆an de acuerdo al siguiente cronograma:

 

Del 1-8-2014 al 31-7-2015聽聽 4 % tarjetas de d茅bito

聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 2 % tarjetas de cr茅dito

 

Del 1-8-2015 al 31/7/2016聽聽聽 3 % tarjetas de d茅bito

聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 1 % tarjetas de cr茅dito

 

Del 1-8-2016聽聽 en adelante聽聽 2 % para tarjetas de debito